Que el funcionario o empleado ocupe un puesto o cargo sensitivo dentro del Municipio. En estos casos, al funcionario o empleado se le podrán administrar Pruebas Periódicas de detección del uso de sustancias controladas o de consumo de alcohol.
Pruebas Periódicas – La toma de muestras para la detección de uso de sustancias controladas o de consumo de alcohol por el Municipio, la cual no podrá ser administrada por más de tres (3) ocasiones en el mismo año ( ley no especifica cuantas puede hacer al año), excepto para pruebas de seguimiento, cuando el empleado está en tratamiento
Sospecha Razonable Individualizada – Convicción moral de que una persona específica está bajo la influencia o es usuario de sustancias controladas, independientemente que luego se establezca o no tal hecho. Esta sospecha deberá estar fundamentada en factores observables y objetivos tales como: a) Observación directa del uso o posesión de sustancias controladas o alcohol; b) Síntomas físicos que adviertan estar bajo la influencia de una sustancia controlada o alcohol; c) Un patrón reiterado de conducta anormal o comportamiento errático en el empleo.